FECHA DE VIGENCIA: 08/01/2019
Descargue la política de privacidad en formato PDF para sus registros.
ESTE AVISO DESCRIBE CÓMO SE PUEDE UTILIZAR Y DIVULGAR LA INFORMACIÓN MÉDICA SOBRE USTED Y CÓMO PUEDE ACCEDER A ESTA INFORMACIÓN. POR FAVOR REVISE CUIDADOSAMENTE.
Comprendemos la importancia de la privacidad y nos comprometemos a mantener la confidencialidad de su información médica. Llevamos un registro de la atención médica que brindamos y podemos recibir dichos registros de otros. Usamos estos registros para brindar o permitir que otros proveedores de atención médica brinden atención médica de calidad, para obtener el pago por los servicios que le brindamos según lo permita su plan de salud y para permitirnos cumplir con nuestras obligaciones profesionales y legales para operar esta práctica médica de manera adecuada. La ley nos exige mantener la privacidad de la información médica protegida y proporcionar a las personas un aviso sobre nuestras obligaciones legales y prácticas de privacidad con respecto a la información médica protegida. Este aviso describe cómo podemos usar y divulgar su información médica. También describe sus derechos y nuestras obligaciones legales con respecto a su información médica. Si tiene alguna pregunta sobre este Aviso, comuníquese con nuestro Oficial de Privacidad en el consultorio que lo atiende. El número de teléfono de cada ubicación es:
- Oficina de San Luis Obispo (805) 541-4600
- Oficina de Pismo Beach (805) 473-4949
- Oficina de Santa María (805) 349-9545
A. Cómo puede usar o divulgar información de salud Central Coast Orthopaedic Medical Group
Central Coast Orthopedic Medical Group recopila información médica y relacionada que permite la identificación del paciente (como información de facturación, información de reclamaciones, información de derivaciones e información del plan de salud) y la almacena en un cuadro, en archivos administrativos o de facturación y en una computadora. El historial médico es propiedad de esta práctica médica, pero la información que contiene es accesible para el paciente. Esta información se considera “información médica protegida” (PHI, por sus siglas en inglés) según la Regla de Privacidad de HIPAA. La ley nos permite usar o divulgar información médica para los siguientes fines sin la autorización por escrito del paciente:
- TratamientoUtilizamos información médica para brindar atención médica. Divulgamos información médica a nuestros empleados y otras personas que participan en la prestación de la atención que nuestros pacientes necesitan. Por ejemplo, podemos compartir información médica con otros médicos u otros proveedores de atención médica que brindarán servicios que nosotros no brindamos, o podemos compartir esta información con un farmacéutico que la necesite para dispensar una receta o un laboratorio que realice una prueba. También podemos divulgar información médica a los miembros de las familias de los pacientes u otras personas que puedan ayudarlos, cuando están enfermos o lesionados, o después de la muerte del paciente.
- Pago. Usamos y divulgamos PHI para obtener el pago de los servicios que brindamos. Por ejemplo, proporcionamos a los planes de salud la información que necesitan para realizar el pago. También podemos divulgar información a otros proveedores de atención médica para ayudarlos a obtener el pago por los servicios que han brindado a nuestros pacientes.
- Operaciones de cuidado de la saludPodemos usar y divulgar su PHI para operar esta práctica médica. Por ejemplo, podemos usar y divulgar esta información para revisar y mejorar la calidad de la atención que brindamos o la competencia y las calificaciones de nuestro personal profesional. O podemos usar y divulgar esta información para que los planes de salud autoricen servicios o derivaciones. También podemos usar y divulgar esta información según sea necesario para revisiones médicas, servicios legales y auditorías, incluidos programas de detección de fraude y abuso y cumplimiento, y planificación y gestión empresarial. También podemos compartir su PHI con nuestros “socios comerciales”, como nuestro servicio de facturación, que realizan servicios administrativos para nosotros. Tenemos un contrato escrito con cada uno de estos socios comerciales que contiene términos que les exigen a ellos y a sus subcontratistas proteger la confidencialidad y seguridad de esta PHI. Aunque la ley federal no protege la información médica que se divulga a alguien que no sea otro proveedor de atención médica, plan de salud, centro de intercambio de información de atención médica o uno de sus socios comerciales, la ley de California prohíbe a todos los destinatarios de información de atención médica divulgarla más allá de lo requerido o permitido específicamente por la ley.
- También podemos compartir PHI con otros proveedores de atención médica, centros de intercambio de información sobre atención médica o planes de salud que tengan una relación con nuestros pacientes cuando soliciten esta información para ayudarlos con sus actividades de evaluación y mejora de la calidad, sus actividades de seguridad del paciente, sus esfuerzos basados en la población para mejorar la salud o reducir los costos de la atención médica, desarrollo de protocolos, actividades de gestión de casos o coordinación de la atención, su revisión de la competencia, las calificaciones y el desempeño de los profesionales de la atención médica, sus programas de capacitación, sus actividades de acreditación, certificación o licencia, sus actividades relacionadas con contratos de seguro médico o beneficios de salud, o sus esfuerzos de detección y cumplimiento de fraude y abuso en la atención médica.
- También podemos compartir su PHI con otros proveedores de atención médica, centros de intercambio de información sobre atención médica y planes de salud que participan con nosotros en “arreglos de atención médica organizados” (OHCA, por sus siglas en inglés) para cualquiera de las operaciones de atención médica de los OHCA. Los OHCA incluyen hospitales, organizaciones de médicos, planes de salud y otras entidades que brindan servicios de atención médica en forma colectiva. El Oficial de Privacidad tiene disponible una lista de los OHCA y MPN en los que participamos.
- Recordatorios de citas. Podemos usar y divulgar información médica para contactar y recordar a nuestros pacientes sobre las citas. Podemos notificar al paciente por correo electrónico, mensaje de texto o teléfono. Si el paciente no está en casa cuando llamamos, podemos dejar esta información en el correo de voz del teléfono del paciente o en un mensaje que se le deja a la persona que conteste el teléfono.
- Ingreso. Podemos usar y divulgar información médica sobre nuestros pacientes haciendo que se registren cuando lleguen a nuestra oficina. También podemos decir sus nombres cuando estemos listos para verlos.
- Notificación y comunicación con la familiaPodemos divulgar la información médica de nuestros pacientes para notificar o ayudar a notificar a un miembro de la familia, representante personal u otra persona responsable de su atención sobre su ubicación o condición general en caso de su muerte, a menos que un paciente nos haya indicado lo contrario. En caso de un desastre, podemos divulgar información a una organización de socorro para que puedan coordinar estos esfuerzos de notificación. También podemos divulgar información a alguien que esté involucrado con el cuidado de nuestro paciente o que ayude a pagar la atención. Si nuestro paciente puede y está disponible para aceptar u objetar, le daremos al paciente la oportunidad de objetar antes de hacer estas divulgaciones, aunque podemos divulgar esta información en un desastre incluso a pesar de la objeción del paciente si creemos que es necesario para responder a las circunstancias de emergencia. Si nuestro paciente no puede o no está disponible para aceptar u objetar, nuestros profesionales de la salud utilizarán su mejor criterio en la comunicación con la familia del paciente y otras personas.
- Venta de información de salud. Nunca venderemos la información médica de nuestros pacientes.
- Requerido por la leySegún lo exija la ley, utilizaremos y divulgaremos la información de salud de nuestros pacientes, pero limitaremos nuestro uso o divulgación a los requisitos pertinentes de la ley. Cuando la ley nos exija denunciar abuso, negligencia o violencia doméstica, o responder a procedimientos judiciales o administrativos, o a funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, cumpliremos además con el requisito establecido a continuación con respecto a esas actividades.
- Salud PúblicaPodemos, y a veces estamos obligados por ley, a divulgar la información de salud de nuestros pacientes a las autoridades de salud pública para fines relacionados con: prevenir o controlar enfermedades, lesiones o discapacidades; informar sobre abuso o negligencia de niños, ancianos o adultos dependientes; informar sobre violencia doméstica; informar a la Administración de Alimentos y Medicamentos sobre problemas con productos y reacciones a medicamentos; e informar sobre exposición a enfermedades o infecciones. Cuando informamos sobre sospechas de abuso o violencia doméstica de ancianos o adultos dependientes, informaremos a nuestros pacientes o a su representante personal de inmediato a menos que, a nuestro mejor criterio profesional, creamos que la notificación pondría a un paciente en riesgo de daño grave o requeriría informar a un representante personal que creamos que es responsable del abuso o daño.
- Actividades de supervisión de saludPodemos, y a veces estamos obligados por ley, a revelar la información de salud de nuestros pacientes a agencias de supervisión de salud durante el curso de auditorías, investigaciones, inspecciones, licencias y otros procedimientos, sujetos a las limitaciones impuestas por la ley federal y de California.
- Procedimientos judiciales y administrativosPodemos, y en ocasiones estamos obligados por ley, a divulgar la información médica de nuestros pacientes en el curso de cualquier procedimiento administrativo o judicial en la medida en que lo autorice expresamente un tribunal o una orden administrativa. También podemos divulgar información sobre nuestros pacientes en respuesta a una citación, una solicitud de descubrimiento u otro proceso legal si se han realizado esfuerzos razonables para notificarles la solicitud y no han objetado, o si sus objeciones han sido resueltas por un tribunal o una orden administrativa.
- Fuerzas del orden públicoPodemos, y a veces estamos obligados por ley, a revelar la información de salud de nuestros pacientes a un funcionario encargado de hacer cumplir la ley con fines tales como identificar o localizar a un sospechoso, fugitivo, testigo material o persona desaparecida, cumplir con una orden judicial, una orden judicial, una citación de un gran jurado y otros fines de cumplimiento de la ley.
- Forenses. Podemos, y a menudo la ley nos exige, divulgar la información de salud de nuestros pacientes a los médicos forenses en relación con sus investigaciones de muertes.
- Donación de órganos o tejidosPodemos divulgar la información de salud de nuestros pacientes a organizaciones involucradas en la obtención, almacenamiento o trasplante de órganos y tejidos.
- Seguridad ciudadana. Podemos, y en ocasiones la ley nos exige, divulgar la información de salud de nuestros pacientes a las personas adecuadas para prevenir o reducir una amenaza grave e inminente a la salud o seguridad de una persona en particular o del público en general.
- Funciones gubernamentales especializadas. Podemos divulgar la información médica de nuestros pacientes con fines militares o de seguridad nacional o a instituciones correccionales o agentes del orden público que tengan al paciente bajo su custodia legal.
- Compensación para Trabajadores. Podemos divulgar la información médica de nuestros pacientes según sea necesario para cumplir con las leyes de compensación laboral. Por ejemplo, en la medida en que la atención de nuestros pacientes esté cubierta por la compensación para trabajadores, haremos informes periódicos a su empleador sobre sus condiciones. También estamos obligados por ley a informar los casos de lesiones o enfermedades ocupacionales al empleador o al asegurador de compensación para trabajadores.
- Cambio de propiedad. En el caso de que Central Coast Orthopaedic Medical Group se venda o se fusione con otra organización, la información / registro de salud de nuestros pacientes pasará a ser propiedad del nuevo propietario, aunque nuestros pacientes mantendrán el derecho de solicitar que se transfieran copias de su información de salud. a otro médico o grupo médico.
- Notificación de incumplimientoEn caso de una violación de la información médica protegida no segura, notificaremos a nuestros pacientes según lo exija la ley. Si nos han proporcionado una dirección de correo electrónico actual, podemos utilizar el correo electrónico para comunicarles información relacionada con la violación. En algunas circunstancias, nuestro socio comercial puede proporcionar la notificación. También podemos proporcionar la notificación por otros métodos según corresponda.
- Otras divulgaciones especificadas en nuestro Aviso de prácticas de privacidad. Podemos divulgar la información médica de nuestros pacientes como se describe en nuestro Aviso de prácticas de privacidad.
B. Cuando Central Coast Orthopaedic Medical Group no puede usar o divulgar información médica
Salvo lo descrito en este Aviso de prácticas de privacidad, Central Coast Orthopedic Medical Group, de conformidad con sus obligaciones legales, no utilizará ni divulgará información médica que identifique a pacientes individuales sin su autorización por escrito. Si un paciente autoriza a este consultorio médico a utilizar o divulgar información médica para otro propósito, el paciente puede revocar la autorización por escrito en cualquier momento.
C.Derechos de información médica de nuestros pacientes
- Derecho a solicitar protecciones especiales de privacidadNuestros pacientes tienen derecho a solicitar restricciones sobre ciertos usos y divulgaciones de su información médica mediante una solicitud por escrito que especifique qué información desean limitar y qué limitaciones a nuestro uso o divulgación de esa información desean que se impongan. Si nuestros pacientes nos piden que no divulguemos información a su plan de salud comercial sobre artículos o servicios de atención médica por los que pagaron en su totalidad de su bolsillo, cumpliremos con su solicitud, a menos que debamos divulgar la información por motivos legales o de tratamiento. Nos reservamos el derecho de aceptar o rechazar cualquier otra solicitud y notificaremos a nuestros pacientes sobre nuestra decisión.
- Derecho a solicitar comunicaciones confidenciales. Nuestros pacientes tienen derecho a solicitar que reciban su información médica de una manera específica o en un lugar específico. Por ejemplo, pueden solicitar que enviemos información a una cuenta de correo electrónico en particular oa su dirección de trabajo. Cumpliremos con todas las solicitudes razonables enviadas por escrito que especifiquen cómo o dónde nuestros pacientes desean recibir estas comunicaciones.
- Derecho a inspeccionar y copiarNuestros pacientes tienen derecho a inspeccionar y copiar su información médica, con excepciones limitadas. Para acceder a su información médica, nuestros pacientes deben presentar una solicitud por escrito que detalle a qué información desean acceder, si desean inspeccionarla u obtener una copia de la misma y, si desean una copia, su forma y formato preferidos. Proporcionaremos copias en la forma y formato solicitados si es fácil de producir, o proporcionaremos a nuestros pacientes un formato alternativo que consideren aceptable, o si no podemos llegar a un acuerdo y mantenemos el registro en formato electrónico, su elección de un formato electrónico legible o copia impresa. También enviaremos una copia a cualquier otra persona que nuestros pacientes designen por escrito. Cobraremos una tarifa razonable que cubra nuestros costos de mano de obra, suministros, franqueo y, si se solicita y se acuerda de antemano, el costo de preparar una explicación o resumen, según lo permita la ley federal y de California. Podemos rechazar la solicitud de nuestros pacientes en circunstancias limitadas. Si negamos una solicitud de acceso a los registros de un niño o de un adulto incapacitado porque creemos que permitir el acceso probablemente causaría un daño sustancial al paciente, el tutor o representante legal tendrá derecho a apelar nuestra decisión.
- Derecho a enmendar o complementarNuestros pacientes tienen derecho a solicitar que modifiquemos su información médica si creen que es incorrecta o incompleta. Nuestros pacientes deben presentar una solicitud de modificación por escrito e incluir las razones por las que creen que la información es inexacta o incompleta. No estamos obligados a cambiar la información médica de nuestros pacientes y les proporcionaremos información sobre la denegación de este consultorio médico y cómo pueden estar en desacuerdo con la denegación. Podemos rechazar su solicitud si no tenemos la información, si no creamos la información (a menos que la persona o entidad que creó la información ya no esté disponible para hacer la modificación), si no se les permitiría inspeccionar o copiar la información en cuestión, o si la información es precisa y completa tal como está. Si rechazamos una solicitud, nuestros pacientes pueden presentar una declaración escrita de su desacuerdo con esa decisión y, a su vez, podemos preparar una refutación por escrito. Nuestros pacientes también tienen derecho a solicitar que agreguemos a su registro una declaración de hasta 250 palabras sobre cualquier cosa en el registro que crean que está incompleta o incorrecta. Toda la información relacionada con cualquier solicitud de modificación o complemento se mantendrá y divulgará junto con cualquier divulgación posterior de la información en disputa.
- Derecho a una contabilidad de divulgacionesNuestros pacientes tienen derecho a recibir un informe de las divulgaciones de su información de salud realizadas por esta práctica médica, excepto que esta práctica médica no tiene que rendir cuentas de las divulgaciones proporcionadas a ellos o de conformidad con su autorización por escrito, o como se describe en los párrafos 1 (tratamiento), 2 (pago), 3 (operaciones de atención médica), 6 (notificación y comunicación con la familia) y 18 (funciones gubernamentales especializadas) de la Sección A de este Aviso de Prácticas de Privacidad o divulgaciones para fines de investigación o salud pública que excluyan identificadores directos de pacientes, o que sean incidentales a un uso o divulgación de otro modo permitidos o autorizados por la ley, o las divulgaciones a una agencia de supervisión de salud o funcionario de cumplimiento de la ley en la medida en que esta práctica médica haya recibido notificación de esa agencia o funcionario de que proporcionar este informe sería razonablemente probable que impida sus actividades.
- Derecho a una copia impresa del aviso de prácticas de privacidadNuestros pacientes tienen derecho a recibir información sobre nuestras obligaciones legales y prácticas de privacidad con respecto a su información médica, incluido el derecho a recibir una copia impresa de este Aviso de prácticas de privacidad, incluso si han solicitado previamente su recepción por correo electrónico. También publicamos nuestro Aviso de prácticas de privacidad actual en nuestro sitio web en www.CentralCoastOrtho.com.
D. Cambios a este Aviso de prácticas de privacidad
Central Coast Orthopaedic Medical Group se reserva el derecho de modificar nuestras prácticas de privacidad y los términos de este Aviso de prácticas de privacidad en cualquier momento en el futuro. Hasta que se realice dicha enmienda, la ley nos exige cumplir con este Aviso. Después de que se haga una enmienda, el Aviso de Protección de Privacidad revisado se aplicará a toda la información médica protegida que mantenemos, independientemente de cuándo fue creada o recibida. Mantendremos una copia del aviso actual publicado en nuestra área de recepción, en nuestro sitio web en www.CentralCoastOrtho.com, y habrá una copia disponible en cada cita.
E. Quejas
Las quejas sobre este Aviso de prácticas de privacidad o cómo Central Coast Orthopaedic Medical Group maneja la información de salud de nuestros pacientes deben dirigirse al Oficial de privacidad en una de las ubicaciones que se enumeran en la parte superior de este Aviso de prácticas de privacidad.
Si nuestros pacientes no están satisfechos con la forma en que esta oficina maneja una queja, pueden presentar una queja formal a:
Región IX
Oficina de Derechos Civiles
Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos
Calle Séptima 90, Suite 4-100
San Francisco, CA 94103
(800) 368-1019
(800) 537-7697 (TDD)
(202) 619-3818 (fax)
OCRMail@hhs.gov
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